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martes
Quien y como obtener la nacionalidad Española
¿Quién puede obtenerla?
Los extranjeros que se encuentren en España siempre que no exista mala fe en el solicitante y se den una serie de circunstancias.
Permiso de residencia por ARRAIGO
Arraigo Laboral: para obtenerla habrá que acreditar la permanencia continuada en España al menos durante un periodo de dos años, y se demuestre la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año.
Quienes acrediten permanencia mínima en España de tres años, tengan un contrato de trabajo no inferior a un año, y acredite vínculos familiares con residentes legales o españoles o presente un informe de inserción social.
Hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Permiso de residencia por razones de protección internacional
Permiso de residencia por razones humanitarias:
Personas víctimas de delitos en los que haya concurrido agravante de comisión por motivos racistas, antisemitas, etc...
Quienes acrediten sufrir una enfermedad sobrevenida de carácter grave que requiera asistencia sanitaria especializada, de imposible acceso en el país de origen, y el hecho de no recibirla o interrumpirla suponga grave riesgo para la salud o la vida.
Quienes acrediten que el traslado a su país de origen implica un peligro para su seguridad o la de su familia.
Se podrá conceder permiso de residencia a quienes colaboren con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o judiciales, cuando concurran razones de interés público o seguridad nacional que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España
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